Una vez más, la Justicia atribuye deudora de buena fe a titulares de pequeñas empresas familiares que se vieron insolventes después del “booum financiero” de 2007. En ésta ocasión, un Tribunal decidió condonar una burbuja deuda que elevaron a 1.376.041 euros.
Aunque éste proceso ejecutivo se inició bajo la lupa de la Ley Concursal, la persona demandada, después de sufrir 13 años de litigios impulsados por cuestiones Bancarias, presentando a su oposición alegaciones comprobables de que fue víctima de la “burbuja de precios inmobiliarios”, hizo que constara un informe favorable elaborado por la propia administración concursal, y sin que al mismo se opusieran ninguna de las partes en el plazo legal, finalmente, quedó exonerado y liberado del pasivo insatisfecho, reconociendo el Tribunal de Justicia, que los impagos del demandado, fue a consecuencia de aquella creada burbuja de precios inmobiliarios que el sistema financiero protagonizó hasta 2007.
Así, siendo el afectado considerado deudor de buena fe, resolvieron el proceso condonándoles 1.376.041 euros, gracias a la aplicación de la Ley de Segunda Oportunidad.