La Comisión Constitucional ha dado luz verde en su sesión de hoy miércoles, 16 de noviembre, a la reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, que será ahora remitida al Pleno para su debate y votación. El dictamen de la propuesta de Reforma de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón ha sido aprobado por unanimidad. El texto aprobado se corresponde con el texto original.
Supresión de aforamientos
Esta propuesta modifica el estatuto autonómico aragonés para suprimir los aforamientos de los diputados y las diputadas del parlamento de la comunidad autónoma, y de las personas que componen el Gobierno de Aragón, así como para garantizar un mínimo de 14 escaños a cada provincia en las Cortes aragonesas.
La reforma modifica los artículos 38.2 y 55 del Estatuto de Autonomía, que regulan el estatuto de los diputados y las diputadas y de los miembros del Gobierno de Aragón, respectivamente, para suprimir sus aforamientos. Actualmente, estos artículos establecen, tal y como se indica en la exposición de motivos del texto, que el enjuiciamiento de estas personas, «en razón del cargo que ostentan, se atribuye a un órgano judicial superior al juez que resultaría objetiva y territorialmente competente».
En este sentido, y según la exposición de motivos, se considera que estas personas no deben seguir gozando dicha prerrogativa, «habida cuenta de la plena confianza en la independencia del poder judicial, y, en particular, de la jurisdicción ordinaria». El texto también indica que el aforamiento «hoy en día, encaja difícilmente en el artículo 14 de la Constitución española, que consagra el principio de igualdad de la ciudadanía ante la ley».
Por otro lado, se da nueva redacción al artículo 36, sobre la composición de las Cortes, para establecer que cada provincia estará representada «en todo caso, por un mínimo de 14 escaños». Según indica el texto en su exposición de motivos, con esta modificación se busca garantizar «el mantenimiento de la representatividad de las provincias menos pobladas, consolidando un modelo territorial más equilibrado».
El establecimiento de un número mínimo de escaños por provincia viene motivado, según el texto, por «la evolución demográfica de Aragón en las últimas décadas, con un peso poblacional cada vez mayor de la capital aragonesa, y la pérdida de población de las zonas rurales, especialmente en las provincias menos pobladas».
Tramitación parlamentaria
Una vez celebrado este debate, y debido a su carácter orgánico, el texto aprobado por la comisión deberá ser elevado al Pleno del Congreso, donde deberá recibir el respaldo de la mayoría absoluta de la Cámara Baja en una votación final de conjunto, tal y como señala el artículo 131.2 del Reglamento del Congreso.
En caso de ser aprobado, el texto se remitirá al Senado, donde seguirá su procedimiento de tramitación parlamentaria.
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